Calculadora de PTU 2026

Estima tu PTU (participación de los trabajadores en las utilidades): el 10 % de la utilidad fiscal se reparte mitad por días trabajados y mitad por salario (art. 123 LFT), con el tope de la reforma 2021: máximo 3 meses de salario o el promedio de los últimos 3 años, lo que sea mayor (art. 127 VIII). Incluye la parte exenta de ISR (15 UMA).

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La empresa debe informar la utilidad repartible y las bases (días y salarios de toda la plantilla). Si no la tienes, pide el proyecto de reparto a la comisión mixta.

Parte por días trabajadosParte por salarioPTU sin topeTope: 3 meses de salarioTope: promedio 3 añosPTU a recibirExento de ISR (15 UMA)Gravado

Esta calculadora aplica fórmulas y tasas publicadas solo como estimación. No es asesoría fiscal ni presenta declaraciones. Confirma las cifras reales con la autoridad fiscal o un profesional autorizado.

Supuestos

Cómo se calcula

  1. Mitad por días = (utilidad ÷ 2) ÷ días de todos × mis días.
  2. Mitad por salario = (utilidad ÷ 2) ÷ salarios de todos × mi salario anual.
  3. PTU = suma, limitada al mayor entre 3 meses de mi salario y mi promedio de 3 años.

Ejemplos

Utilidad a repartirMi salario mensualPTU sin topeTope 3 mesesA recibir
$1,000,000 (10,000 días, $5,000,000 salarios)$15,000$36,250.00$45,000$36,250.00
$5,000,000 (mismas bases)$15,000$181,250.00$45,000$45,000.00 (o promedio 3 años si es mayor)

Errores frecuentes

Preguntas frecuentes

¿Cómo se reparte la PTU?

La empresa destina el 10 % de su utilidad fiscal (renta gravable). La mitad se divide entre todos los trabajadores en proporción a los días trabajados y la otra mitad en proporción al salario devengado (art. 123 LFT). El salario base para el reparto es la cuota diaria, sin prestaciones, y para los de confianza se topa al 120 % del salario del sindicalizado mejor pagado.

¿Qué es el tope de 3 meses?

Desde la reforma de subcontratación (abril 2021), el art. 127 VIII limita la PTU individual a 3 meses de salario del trabajador o al promedio de la PTU recibida en los últimos 3 años, lo que resulte más favorable. La Suprema Corte declaró constitucional el tope en 2024.

¿Cuándo se paga y quién no la recibe?

Personas morales: a más tardar el 30 de mayo; personas físicas: 29 de junio. No la reciben directores y administradores generales, socios, eventuales con menos de 60 días trabajados en el año ni trabajadores domésticos. Las empresas de nueva creación (primer año) y las con capital menor al que fija la STPS están exentas de repartir.

¿La PTU paga ISR?

Está exenta hasta 15 UMA ($1,759.65 en 2026, art. 93 XIV LISR); el excedente se grava y el patrón puede aplicar el procedimiento del art. 174 RLISR para retener menos.

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