Supuestos
- Trabajador en activo del Régimen General, territorio común (no País Vasco, Navarra, Ceuta ni Melilla), sin discapacidad, sin ascendientes a cargo, sin pensiones compensatorias ni rendimientos irregulares.
- Base de cotización mensual = bruto anual ÷ 12, entre la base mínima del grupo y 5.101,20 €. Tipo del trabajador 6,50 % (indefinido) o 6,55 % (temporal).
- Retención IRPF según el algoritmo AEAT 2026 sin regularizaciones; tipo mínimo 2 % en contratos de duración inferior al año. Hijos computados al 50 % salvo que marques "por entero".
- Jurisdicción: España, ejercicio 2026.
Cómo se calcula
- Seguridad Social = base mensual (bruto ÷ 12, con mínimo y tope) × 6,50 % × 12.
- Base IRPF = bruto − Seguridad Social − 2.000 € − reducción art. 20 − 600 € si hay más de dos hijos.
- Cuota = ESCALA(base) − ESCALA(mínimo personal y familiar); si el bruto ≤ 35.200 €, la cuota no supera el 43 % del exceso sobre el límite excluyente.
- Tipo = cuota ÷ bruto × 100, truncado a dos decimales. IRPF anual = bruto × tipo. Neto = bruto − SS − IRPF, repartido en 12 o 14 pagas.
Ejemplos
| Bruto anual (soltero/a, sin hijos, indefinido) | Seguridad Social | Tipo IRPF | Neto anual | Neto mensual (14 pagas) |
|---|---|---|---|---|
| 17.094 € (SMI) | 1.111,08 € | 3,06 % (tope del 43 % sobre el exceso de 15.876 €) | 15.459,84 € | 1.091,05 € (extra 1.183,64 €) |
| 24.000 € | 1.560,00 € | 13,51 % | 19.197,60 € | 1.352,69 € (extra 1.482,69 €) |
| 30.000 € | 1.950,00 € | 16,42 % | 23.124,00 € | 1.628,50 € (extra 1.791,00 €) |
| 45.000 € | 2.925,00 € | 21,05 % | 32.602,50 € | 2.293,93 € (extra 2.537,68 €) |
| 80.000 € | 3.978,96 € (base topada) | 28,94 % | 52.869,04 € | 3.728,99 € (extra 4.060,57 €) |
Errores frecuentes
- El tipo de retención no es el impuesto final. En la declaración de la renta se aplica la escala autonómica de tu comunidad y las deducciones (vivienda, maternidad, RD-ley 5/2026); puede salir a devolver o a pagar.
- Regularizaciones: subidas de sueldo, cambios de situación familiar o contratos que empiezan a mitad de año cambian el tipo durante el ejercicio.
- Convenios y complementos: el grupo de cotización y los conceptos exentos (dietas, transporte) de tu convenio alteran la base; consulta tu nómina.
Preguntas frecuentes
¿Cómo se calcula la retención de IRPF en la nómina?
La empresa aplica el algoritmo que publica la Agencia Tributaria cada año (art. 80 y siguientes del Reglamento del IRPF). Del bruto anual se restan la Seguridad Social, 2.000 € de otros gastos y la reducción del art. 20 (7.302 € si el rendimiento neto no supera 14.852 €, decreciente hasta 19.747,50 €). A esa base se aplica la escala del art. 101 (19 % a 47 %) y se resta la cuota correspondiente al mínimo personal (5.550 €) y familiar. La diferencia dividida entre el bruto, truncada a dos decimales, es el tipo de retención. Esta calculadora reproduce ese algoritmo para el caso general.
¿Cuánto me descuentan de Seguridad Social en 2026?
El trabajador del Régimen General paga el 4,70 % por contingencias comunes, 1,55 % por desempleo (1,60 % en contratos temporales), 0,10 % por formación profesional y 0,15 % del Mecanismo de Equidad Intergeneracional: 6,50 % en total (6,55 % temporal), sobre una base mensual con tope de 5.101,20 € y mínimo según el grupo de cotización (Orden PJC/297/2026).
¿Con el SMI 2026 se paga IRPF?
El SMI 2026 es 1.221 € en 14 pagas (17.094 € al año, RD 126/2026). El RD-ley 5/2026 creó una deducción en la cuota de hasta 590,89 € para rendimientos de hasta 17.094 €, decreciente hasta 20.048,45 €, de modo que quien cobra el SMI no tribute. Esa deducción se aplica en la declaración anual; el algoritmo de retención publicado para 2026 mantiene los límites excluyentes de la tabla (15.876 € a 19.262 € según situación e hijos), así que en nómina puede haber una pequeña retención que después se devuelve.
¿Por qué mi neto de paga extra es mayor que el de una mensualidad?
Porque las cotizaciones a la Seguridad Social se calculan sobre la base mensual con las pagas extra ya prorrateadas, así que se descuentan solo en las 12 mensualidades ordinarias. En las pagas extra únicamente se retiene el IRPF. Con 12 pagas todo se reparte por igual.
¿Esta calculadora incluye el tramo autonómico y el País Vasco o Navarra?
La retención en nómina es única para todo el territorio común: la escala de retención ya integra la parte estatal y autonómica de forma estándar, y la diferencia real por comunidad se ajusta en la declaración de la renta. País Vasco y Navarra tienen sus propias tablas de retención y no están incluidos. Tampoco Ceuta y Melilla (bonificación del 60 %).